La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado el primer
despido colectivo amparado en la última reforma laboral que ha llegado a sus manos. Por la trascendencia del asunto, han sido todos los magistrados de la Sala los que han decidido, declarando nulos los
28 despidos acordados por una empresa de montaje de contenedores y carrocerías
para la recogida de basuras.
El objeto del pleito no era la reforma
laboral en sí misma, a la que la sentencia no afecta, sino si la empresa,
Talleres López Gallego S.L., había cumplido las exigencias legales para
declarar un ERE que establece el decreto aprobado por el Gobierno de Mariano
Rajoy en marzo de 2012.
La sentencia destaca que la documentación aportada por la empresa para
justificar el despido de los 28 empleados de la misma, en concreto las
declaraciones de IVA y balances,no permitían deducir falta de producción,
ausencia total de trabajo, o la existencia de deudas inasumibles.
Por ello, se confirma la decisión que tomó en mayo de 2012 la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de considerar nulo el
despido colectivo acordado. por el Gobierno de Mariano Rajoy, de marzo de 2012.
No hay comentarios:
Publicar un comentario