martes, 31 de julio de 2007

La acción Social está exenta de tributación

En la página web del federal de la FSP-UGT encontramos una noticia muy interesante para todos los trabajadores y trabajadoras. Las ayudas de Acción Social ( o Fondo Social)no computan para el IRPF y por lo tanto las cantidades retenidas por ese concepto deben de ser devueltas por la Agencia Tributaria, se acompaña modelo de reclamación para esa circunstancia.
En enlace anterior que os lleva a la citada página, os podeis descargar el modelo de reclamación.
En concreto, las cantidades reclamables son aquellas destinadas al tratamiento o restablecimiento de la salud, para los conceptos de gafas, lentillas, prótesis dental, ortodoncia, psicólogo, etc..., porque se entiende que no puede apreciarse una afluencia de riqueza, ya que estas ayudas solo persiguen el citado tratamiento o restablecimiento de la salud.

El documento de consulta a la Agencia Tributaria también se puede visitar, al final del modelo, hay 7 documentos en PDF

lunes, 30 de julio de 2007

PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN

El Consejo de Ministros,aprobó el pasado 15 de julio, el Proyecto de Ley que regula la prestación económica de 2.500 euros por nacimiento o adopción. Se beneficiarán de la medida, con carácter retroactivo, todas las familias que hayan tenido un hijo, natural o adoptado, desde las cero horas del 3 de julio en adelante.
La nmueva norma modificará la Ley del Impuesto sobre las personas Físicas y la Ley General de la Seguridad Social, y tendrá, por tanto, efectos retroactivos, sea cual sea la fecha de su entrada en vigor.
El Gobierno ha solicitado la tramitación parlamentaria del proyecto por el procedimiento de urgencia, con el objetivo de que la nueva ley entre en vigor en noviembre y sea posible comenzar a cobrar en diciembre de este año 2007.

De esta prestación también se podrán beneficiar las familias que desde la misma fecha hayan adoptado un hijo o hija. En caso de parto multiple, la cantidad de 2.500 euros se multiplicará por el número de hijos.
Afectará a todos los españoles y a los residentes en situación legal en España, y se puede solicitar desde el pasado día 15 de julio.
El impreso para solicitar la citada prestación estará disponible en las oficinas de la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social y puenden descargarse ya de los anteriores enlaces.

La prestación se suma a cualquier otra que se perciba. Por ejemplo, mantiene la prestación de 1.200 euros anuales a las madres que trabajan fuera de casa y tienen niños menores de tres años. Cuando nazca o adopten a su hijo, cobrarán los 2.500 euros y en los años siguientes, hasta que el niño cumpla tres años, percibiran la cifra anual de 1.200 euros. La ayuda se articulará, previsiblemente, mediante una deducción fiscal cuyo abono lo adelanta el Estado, el mismo sistema con el que se paga actualmente la ayuda de 100 euros.

Se han habilitado dos teléfonos de información: 900 166 565 (Seguridad Social) y 901 121 224 (Agencia Tributaria)

Leer la noticia en El País, 16 de julio

I Convenio Colectivo de "Acción e Intervención Social"

El texto se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 19 de junio. Se trata de un acuerdo que afecta a un amplio sector de trabajadores, unos 150.000 trabajadores.
Las actividades que incluye este convenio van desde la atención a la violencia de género o inmigración, a la asistencia a drogodependientes o la animación sociocultural. En opinión de UGT se trata de un primer paso en la configuración y regulación de un nuevo sector de actividad que, aunque presenta una gran diversidad de servicios, tiene una naturaleza común: su carácter social y su referente de servicio público
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I Convenio Colectivo de "Acción e Intervención Social"