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sábado, 16 de marzo de 2013


El BOE publica hoy 16 de marzo, la reforma que endurece la jubilación parcial y anticipada

El BOE señala que el incremento de la edad de jubilación, la prolongación de la vida activa y el incremento de la participación en el mercado de trabajo de los trabajadores de más edad suponen elementos básicos para la adecuación y sostenibilidad de las pensiones.
En este sentido, destaca que es recomendable vincular la edad de jubilación a los aumentos de la esperanza de vida y racionalizar el acceso a los planes de jubilación anticipada y a otras vías de salida temprana del mercado laboral.
También aboga por favorecer la prolongación de la vida laboral, facilitando el acceso al aprendizaje a lo largo de la vida, desarrollando oportunidades de empleo para los trabajadores de más edad y fomentando el envejecimiento activo.
El real decreto recoge que los trabajadores que quieran jubilarse antes de tiempo deberán tener más años cotizados (35 años) y se quedarán con una pensión menor, mientras que tendrán más facilidades quienes quieran compatibilizar su prestación con un trabajo.
Además, desincentiva la jubilación parcial y traspasa a las empresas el coste de despedir a sus trabajadores de más de 50 años.
Asimismo, endurece el acceso de los mayores de 55 años al subsidio por desempleo, que es la única ayuda que les queda antes de empezar a cobrar la pensión de jubilación y tras haber agotado su prestación por paro.
Para cobrarlo no se tendrá en cuenta, como hasta ahora, sólo las rentas del beneficiario, sino las de la unidad familiar, que no podrán superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (641,30 euros para 2013) excluida la parte de las pagas extraordinarias. fuente: el país

martes, 5 de marzo de 2013

Empleo exigirá 33 años cotizados para acceder a la jubilación anticipada


El Gobierno ya ha concretado sus planes para endurecer el acceso a la jubilación anticipada. Piensa aumentar el periodo mínimo de cotización exigido, elevar la edad mínima dos años más de lo previsto en la reforma que entró vigor en enero (61 años o 63), y reducir la pensión que recibirán quienes opten por retirarse antes. También la jubilación parcial se pondrá más difícil a partir del 1 de abril, según el borrador del decreto que prepara el Ejecutivo.
A cambio de no acelerar la implantación de la edad legal de jubilación en 67 años y permitir el ascenso gradual hasta 2027 previsto en la reforma que entró en vigor en enero, el Gobierno se comprometió con Bruselas a endurecer el acceso a la jubilación anticipada y parcial. Lo primero que hizo fue enviar al Congreso informes en los que exponía sus intenciones sin detallar. Así que antes de acabar 2012 suspendió por tres meses la entrada en vigor de los puntos de la reforma que atañen a estas dos modalidades de jubilación. Y fijó ese plazo al Congreso y los agentes sociales para que la reforma parcial de la reforma estuviera lista y funcionando.
Pero el Gobierno no ha esperado. Ya ha redactado con fecha del pasado 19 de febrero un decreto de 20 páginas con nueve artículos, seis disposiciones finales y una derogatoria. 
En el decreto se establecen las nuevas condiciones de la jubilación parcial y anticipada. Por esta vía se retiran más de la mitad de los trabajadores españoles (el 50,5% de los casi 200.000 nuevo jubilados que hubo en 2011). No obstante, según el texto, no entrará en vigor antes de abril, justo después de que se concreten grandes regulaciones de empleo como la de Iberia, Orizonia, Bankia o Caixabank (pueden afectar a unos 16.000 empleos) en las que este tipo de jubilaciones juegan un papel determinante.

Las nuevas condiciones serán incluso más duras para la anticipada voluntaria. El periodo de cotización es el mismo, pero sube la edad mínima a 65 años desde el 1 de abril y establece mayores reducciones entre el 8% y el 6,5%, según el periodo cotizado.El borrador respeta las dos grandes modalidades de jubilación anticipada que se fijaron en 2011: la forzosa (afectados por despidos) y la voluntaria. Sin embargo, endurece ambas. En el primer caso, establece que la edad mínima de acceso siempre será cuatro años menos que la edad legal, ahora 65 años y un mes. Ambas crecerán de forma paralela hasta que en 2027 se sitúen en 63 y 65. También aumenta el periodo mínimo de cotización, de 30 años a 33. Y, además, crea nuevos coeficientes de reducción. En la reforma de 2011, se establecen dos: 7,5% menos de pensión por cada año que el trabajador se jubile antes de la edad legal si ha cotizado menos de 38,5 años y un 6,5% si lo ha hecho más. El borrador fija cuatro: 7,5% para los que han cotizado 38,5 años; 7% para quienes lo han hecho entre 38,5 años y 41,5; 6,5% entre 41,5 y 44,5; y 6% para el resto.

Traducción de estas complejas fórmulas técnicas: menores pensiones, sobre todo por los nuevos coeficientes, y mayor dureza en el acceso. En este punto, es de especial importancia el aumento del periodo mínimo de cotización. Esto puede afectar, y mucho, a los despedidos desde que se aprobó la reforma de 2011, ya que la redacción inicial del texto no contempla ninguna fórmula transitoria que atenúe los cambios y las pensadas hace dos años caducaron en enero.
También hay cambios sustanciales en jubilación parcial. Se aumentará gradualmente la edad hasta que en 2027 se llegue a 63 o 65 años, según se hayan cotizado al menos 36,5 años o 33, respectivamente. También se subirá el tiempo de trabajo del empleado jubilado, entre el 25% y el 50% de la jornada, aunque podrá extenderse hasta el 75% si el sustituto tiene contrato indefinido. Esta última medida pretende hacer más llevaderos los cambios al sector del automóvil, el que más recurre a esta jubilación.
El decreto aclara que estas modificaciones no afectarán a las jubilaciones parciales que se hubieran pactado en convenios o planes de empresa firmados antes del 1 de abril.  
Fuente: Seguridad Social. / EL PAÍS