domingo, 31 de octubre de 2010

el Hospital Principe de Asturias deriva pruebas diagnósticas a centros privados y sus trabajadores de brazos cruzados

El Gobierno Regional y la Consejería de Sanidad afirman no disponer de recursos económicos para la contratación de profesionales (Capítulo I), en cambio no tienen problemas para aumentar los gastos de la externalización de servicios, derivando, de forma indiscriminada, la realización pruebas diagnósticas a centros privados a los que luego se paga con dinero de todos los madrileños.
Esta situación supone un desaprovechamiento de los recursos tanto humanos como materiales (en muchos casos de alta tecnología).
Este es el caso del Hospital Príncipe de Asturias (Alcalá de Henares) del cual denunciamos:

  • En el Centro de Especialidades Francisco Díaz no funciona el ecógrafo por las tardes. Durante todo el verano solo ha funcionado un ecógrafo de los tres que tiene el servicio y sólo por la mañana.
  • El mamógrafo sólo funciona martes, jueves y viernes por la mañana manteniéndose cerrado por las tardes. Lo más increíble es que durante el verano ha permanecido a las puertas del centro un “Mamobus”, cuyo ecógrafo es de peor calidad y resolución.
  • El escáner funciona en días alternos y sólo por la mañana.
  • A todo ello hay que añadir que las ecografías y los escáneres, durante el verano, se han realizado sin contraste por la falta de anestesista.

El ciudadano es desplazado a otros centros para realizar estas pruebas:

  • Resonancias: Hospital del Henares, Hospital Infanta Leonor, Hospital del Sureste. Sanatorio San Francisco de Asís (3 pacientes diarios), Sanatorio La Milagrosa (8 pacientes diarios).
  • Ecografías: Centro Médico Quirúrgico Quantum, Clínica Cellosa con una media diaria de 33 y 50 pacientes diarios, cada uno.

Una cuestión son los conciertos con centros privados para eliminar listas de espera, como complemento a la sanidad pública, y otra bien diferente es no aprovechar completamente los recursos de que se dispone.

Y para colmo, hoy podemos leer en El País, un artículo en el que se defiende que los recortes en los servicios son por los recortes de personal. Lo titulan "La Sanidad mete el bisturí sin anestesia".
Pero en el caso que nos ocupa, hay trabajadores de brazos cruzados, mientra las pruebas diagnósticas se derivan a centros privados.

domingo, 26 de septiembre de 2010

Las mentiras de la crisis nº 9

Huelga General


Recuerda, ese día, a las 10:00h, estaremos concentrados en las plazas de los Ayuntamientos de nuestros respectivos pueblos y ciudades, por lo menos en la Comarca Este de Madrid

A los empleados públicos también nos afecta la reforma Laboral

Esta información que te va a interesar, la hemos elaborado tres empleadas públicas, dos laborales y una funcionaria, preocupadas por la que se avecina.

La Reforma Laboral también nos afecta a los empleados públicos, y en mayor medida a los laborales que a los funcionarios.
¿Quien ha dicho que esta Reforma Laboral no va con nosotros? ¿quien se puede creer que si con una ley cambian otra, no van a tocar la legislación que regula a los Funcionarios?

La modificaciones introducidas por la Reforma Laboral en el Estatuto de los Trabajadores, son de aplicación directa a todos los laborales, así que, el nuevo art.41 "Modificaciones sustanciales del Contrato de Trabajo" permite que la Empresa haga cambios en nuestras condiciones del contrato como son:

  • Jornada de trabajo
  • Régimen de trabajo a turnos
  • Horario y distribución del tiempo de trabajo
  • Sistema de remuneración
  • Sistema de trabajo y rendimiento
  • Movilidad funcional y geográfica.
¿que significa esto?
Pues que desde este momento, y de forma unilateral, o sea, por decisión de nuestro empleador (Alcalde, Gerente de organismo autónomo, presidente de Comunidad Autónoma.......) nos pueden cambiar el horario de trabajo, el turno, el centro de trabajo....
Esto supone, entre otras cosas, la puerta abierta para que a parte de la plantilla le hagan trabajar por la tarde, ahora que los Ayuntamientos quieren estar abiertos más horas para dar más servicio.
Si tengo una jornada de lunes a viernes de 8 a 15 horas, me la pueden cambiar como a la empresa más le convenga o interese en cada momento. (Por ejemplo, de lunes a domingo, de 10 a 15h. El nº de horas a la semana no varía, pero si la jornada y el horario)
Y así.... puedes pensar en todos los cambios que nos pueden hacer, porque son posibles. Ya no podemos ir a Magistratura denunciando la "modificación sustancial en nuestras condiciones de contrato", porque para el Juez van a estar dentro de la Ley.

Y lo peor no va a ser eso, sino que el propio Estatuto de los Trabajadores reconoce que "si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de de 20 días de salario por año de servicio...."
Es una puerta abierta al "acoso laboral", para machacar a un trabajador hasta que decida irse de la empresa.
Esta desregularización ya existe en el Convenio de Grandes Almacenes, si conocéis a alguien que trabaje en el Corte Inglés, preguntad que tal lo llevan.

Y tu dirás: Es imposible, porque en mi convenio colectivo está todo pactado y regulado, y tiene rango de Ley.
Lamento afirmar que es posible, que la Reforma Laboral también modifica la Negociación Colectiva, y da la potestad al empresario de incumplir lo firmado en el convenio colectivo, precisamente en materia de:

1. modificación sustancial de las condiciones de trabajo
2. modificación de la jornada
3. descuelgue salarial
4. movilidad geográfica.

¿que significa todo esto?
Los puntos 1 y 2 están explicados más arriba.
El punto nº 3, "descuelgue salarial", es la no aplicación de el incremento salarial pactado en un convenio colectivo de ámbito Superior. En la Administración sería la no aplicación de la subida que propongan los Presupuestos Generales del Estado (nuestro famoso 2% de hace unos años, hasta que nos han quitado el 5% y nos congelan para el 2011).
La mayoría de las Administraciones Públicas, ya sean Comunidades Autónomas o Ayuntamientos, no pueden subir el salario a los trabajadores por encima de lo que marquen los Presupuestos Generales. Ahora si nos podrán pagar por debajo y no aplicar estas subidas, solo justificando que tienen problemas:
art. 82.3 E.T. :....Por acuerdo de la empresa y los representantes ...se podrá proceder a inaplicar el régimen salarial previsto en los convenios colectivos de ámbito superior a la empresa, cuando la situación y perspectivas económicas de ésta pudieran verse dañadas como consecuencia de tal aplicación, afectando a las posibilidades de mantenimiento del empleo en la misma.

Despido Express:
La Reforma Laboral incluye nuevas causas de "Despido Objetivo", por

  • previsión de pérdidas (no las cuantifica)
  • disminución de los beneficios (tampoco las cuantifica)
  • Se elimina el despido NULO por defecto de forma, y se convierte en improcedente. Esto quiere decir, que la empresa ya no tiene la obligación de readmitirnos, nos da una indemnización y si se reconoce la improcedencia, desaparecen los salarios de tramitación. Esto LEGITIMA EL DESPIDO SIN CAUSA O FRAUDULENTO.
  • En cuanto a las indemnizaciones del despido improcedente, de 45 días por año en los contratos indefinidos, ahora se pasa a 33 días por año con el nuevo Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida (CFCI). Esta nueva forma de contrato viene a dejar sin vigor al anterior contrato indefinido.
  • En caso de despido disciplinario declarado improcedente, los empleados públicos (laborales fijos) tendrán que ser readmitidos según el art. 96.2 del E.B.E.P., y no cabe la indemnización.
  • También han modificado las condiciones del "Despido Colectivo", que nos dejan en un total desamparo.
  • Se reduce el plazo de preaviso de 30 a 15 días. Pero si se incumple el preaviso, el despido sigue adelante y no se convierte en NULO como antes.
  • Despido por absentismo justificado: Esto ya es para morirse, ya que se entiende como absentismo también las bajas por enfermedad y con tu justificante médico entregado. Una gripe de 8 días puede llegar a ser motivo de despido por absentismo. Art. 52.d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5 % en los mismos períodos de tiempo.

En cualquier caso, la empresa o Administración Pública no necesita demostrar que la eliminación de los puestos de trabajo sea la única manera de mejorar su situación, solo con afirmar que esta medida contribuye a mejorar su situación económica negativa coyuntural es suficiente.
Como todo esto se mueve dentro de las previsiones, mi Administración o empresa puede prever que le va a ir fatal y me despide. Pero si su situación mejora en poco tiempo o no se cumplen sus predicciones desastrosas ¿que pasa con el trabajador despedido? Pues sencillamente, que seguirá despedido sin posibilidad de reincorporarse a su puesto de trabajo.


Otro punto que nos afecta como empleados públicos es la entrada de las ETT's (empresas de empleo temporal) en la Administración. Desaparece, así, el elemento que distingue el trabajo en la Administración superando unas pruebas que garantizan la "igualdad, mérito y capacidad" tal y como reza en diferentes leyes de la Función Pública en nuestro país. Si hasta ahora convivimos funcionarios y laborales, ahora aparece un tercer elemento, que va a sufrir una mayor temporalidad y precariedad. ¡Como si no fuera bastante la temporalidad que ya tenemos en la Administración Pública!.
Ahora, la Administración podrá recurrir a una ETT para cubrir un puesto de administrativo, bibliotecario, peón, jardinero, arquitecto, o cualquier otro que se les ocurra, excepto aquellos que por una norma con rango de Ley, estén reservados a los funcionarios públicos.
¿que garantía da esto a todos los procedimientos administrativos? ¿que garantía de que no se eliminen los Servicios Públicos?. Bueno, por ahora, un policía no podrá ser contratado a través de una ETT, ¡ pero quien sabe, todo llegará!.

No me voy a extender más. La Reforma Laboral también afecta al futuro de nuestros hijos y de los jóvenes, ya que no fomenta el empleo, sino la precariedad laboral y la temporalidad. Ellos van a tener unas condiciones de trabajo mucho peores que nosotros.

Zapatero, con esta Reforma laboral ha legalizado la esclavitud de los trabajadores y el acoso laboral en las empresas. Y si no, al tiempo.

viernes, 16 de julio de 2010

Admitido a trámite el recurso presentado por la FSP contra el recorte salarial de los empleados públicos

Se ha admitido a trámite el recurso Contencioso-Administrativo que la Federación de Servicios Públicos de UGT Madrid interpuso ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la Resolución de la Orden 11 de junio de 2010.
La citada Orden es por la que se dictan, con carácter provisional, las instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid a partir del 1 de junio de 2010, en los términos establecidos en el Real Decreto-Ley 8/2010 de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

Desde UGT seguiremos promoviendo todas las vías sindicales y judiciales que sean necesarias para mantener los derechos laborales y sociales de los empleados públicos de la Comunidad

jueves, 15 de julio de 2010

UGT Y CCOO DE MADRID INICIAN HOY LA CAMPAÑA DE ADHESIONES A LA HUELGA GENERAL

UN MILLÓN DE ADHESIONES A LA HUELGA GENERAL
En la Casa del Pueblo de UGT Madrid de Avenida de América, 25 se ha presentado la campaña que los sindicatos UGT y CCOO van a impulsar en las próximas semanas para informar y conseguir la adhesión y participación de los trabajadores madrileños en la Huelga General del 29 de septiembre.

Desde hoy día 15 de julio, fecha de inicio de esta campaña de adhesiones, se van a realizar también más de 4.000 asambleas de trabajadores en empresas de la Comunidad de Madrid, en la que van a participar los líderes sindicales junto a los 30.000 delegados y delegadas sindicales elegidos por los trabajadores de las empresas madrileñas en las elecciones sindicales.

Los objetivos de la campaña de adhesiones a la huelga general que se inicia hoy, es llegar a más de 4.000 empresas de la región con más de 50 trabajadores, para que conozcan las razones que han motivado la convocatoria de la huelga, conseguir la adhesión de más de un millón de trabajadores, y solicitar el apoyo de las organizaciones sociales de la Comunidad de Madrid.

En nuestra región, hay más de tres millones de trabajadores asalariados y que están convocados a secundar la Huelga General. Una Huelga que UGT considera que es demandada, necesitada, sentida por los trabajadores y trabajadoras y que nace del rechazo a la Reforma Laboral porque, entre otras cosas:

- Abarata el despido
- En el 2012 los trabajadores pagaremos nuestro propio despido
- Modifica las condiciones laborales del trabajador de forma unilateral por la empresa
- Descuelgue de los convenios colectivos, paso previo para acabar con la negociación
- Permite a la empresa incumplir sus contratos y despedir trabajadores por causas organizativas diversas

Las medidas de recorte aplicadas por el Gobierno se han traducido en una propuesta injusta socialmente que vulnera los derechos sociales y laborales de todos los ciudadanos, y especialmente de los trabajadores, los desempleados y pensionistas, que no va a crear empleo ni a sacarnos de la crisis, y que abre las puertas a la extinción del modelo de sociedad del bienestar que conocemos.

miércoles, 14 de julio de 2010

LA COMUNIDAD DE MADRID ESTA DESPIDIENDO A EMPLEADOS PÚBLICOS.UGT GANA VARIAS SENTENCIAS POR DESPIDOS IMPROCEDENTES

La Comunidad de Madrid despide al personal interino cuyas plazas están sujetas a promoción profesional específica. La situación es la siguiente; la totalidad de los trabajadores que actualmente ocupan estas plazas son despedidos independientemente de que su plaza haya sido solicitada o no, tras la resolución definitiva del proceso selectivo correspondiente.

Estamos hablando de jefes de cocina, cocineros, ayudantes de cocina, oficiales administrativos, jefes de negociado, operadores de informática, gobernantes, auxiliares de control, personal de conservación (en total más de 1000 trabajadores que serán despedidos). De los cuales un alto porcentaje serán despidos improcedentes, al quedar desiertas las plazas convocadas.

Actualmente han quedado desiertos 66 puestos de trabajo, de las categorías profesionales de cocina y gobernantes, las primeras que han finalizado el proceso selectivo. Los trabajadores que ocupaban estos puestos han sido despedidos, sin que se hayan solicitado por ningún trabajador que superase el proceso.

UGT ha ganado ya varias causas judiciales, cuyas sentencias han sido favorables para los trabajadores, sancionando a la Comunidad de Madrid por despido improcedente.

Para UGT, con esta decisión la Comunidad de Madrid, no sólo incumple la legalidad vigente, además, al tratarse de despidos improcedentes, están ocasionando un incremento del gasto público. Ya que las indemnizaciones rondan los 15.000 € de media.

A este despilfarro económico, se une el hecho, que la calidad de los servicios públicos se resiente y, en muchos casos a pesar de despedir a los trabajadores, tienen que contratar a otros para cubrir estas plazas. Eso si, usando la figura de contratos por circunstancias de la producción, cuya duración es de 6 meses, incrementando doblemente el gasto público destinado a la contratación.

Luego, eso si, la Presidenta Esperanza Aguirre, habla del despilfarro público de los demás, recorta más que nadie el salario y los derechos laborales a los empleados públicos y se presenta ante los ciudadanos como el mejor “cancerbero”, de las cuentas regionales.

Basta ya, los empleados públicos madrileños reclamamos la necesidad de tener una “jefa de empresa”, a la altura de unos trabajadores que desempeñan día a día su labor en la Administración Pública Autonómica, con dedicación, esfuerzo y preparación. Si no sabe, que aprenda o que delegue en alguien que por lo menos, si reconozca a los trabajadores como parte vital de la empresa.

UGT denuncia que con estas decisiones la Comunidad de Madrid, incumple el Convenio Colectivo, incrementa el gasto público, provoca el deterioro de los servicios públicos y es responsable del aumento del paro en la Región

viernes, 9 de julio de 2010

¿Que hacen los sindicatos por nosotros?

La persecución y el ataque malintencionado que estamos sufriendo los sindicatos, no es solo en España, sino,a cuento de que, un sindicato Australiano --la Australian Council Trade Union-- se habría molestado en hacer este video de divulgación que podeis ver a continuacion.
Nuestros compañeros de UGT en Cataluña han realizado la traducción subtitulada para que lo podais leer aunque no sepais inglés.

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lunes, 5 de julio de 2010

Manuel Soriano, "Radar", no te olvidamos


El pasado día 1 de julio, Manuel Soriano Calleja, "Radar" para los amigos, nos dejó para siempre.
Desde esta página, queremos rendir un homenaje a un amigo y compañero, que ha sido militante de la UGT desde sus comienzos en la vida laboral. Desde su llegada al Ayuntamiento de Mejorada del Campo ha sido el motor de la Sección Sindical desde su constitución, desempeñando varias Secretarías, como Organización y Formación.
Delegado en el Comité de empresa durante más de 25 años, negociando y representando a la UGT, ha desempeñado también la presidencia del mismo.

Su personalidad arrolladora y entrañable, su vocación de servicio y ayuda a sus compañeros y compañeras, hará que no le podamos olvidar.

viernes, 2 de julio de 2010

UGT presenta recursos en la Audiencia nacional contra los recortes salariales

La Federación de Servicios Públicos Federal ha presentado dos recursos contenciosos administrativos en la Audiencia Nacional como continuación del camino ya emprendido hacia su intento de revocar el decreto Ley 8/2010 ya que supone “un agravio sin precedentes” hacía los Empleados Públicos de este país.
Por una parte se ha presentado un recurso al acto administrativo de la Mesa General de Negociación del pasado 20 de mayo, donde se nos comunico de forma verbal a los sindicatos de Función Pública el recorte de un 5% de media en los salarios públicos y que supuso la ruptura del Acuerdo de Función Pública en el marco del Diálogo Social 2010-2012.
Y por otra el recurso contencioso-administrativo a la resolución de la instrucción de las nóminas, por la que se publico la Resolución de 25 de mayo de 2010, en la que se dictaban las instrucciones para la confección de las nóminas de los Empleados Públicos.
La citada Resolución, al margen de las infracciones legales y normativas que se denuncian en el momento de la interposición de la demanda, incurre en:
• Artículos 7, 9.3, 14, 28.1, 33.3, 37.1, 66.2, 86.1 y 134 de la Constitución Española.
• El Principio de Proporcionalidad introducido por la Jurisprudencia Constitucional.
• La Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
• El artículo 14, letra d) en relación con los artículos 21.1 y 37.1 letra a) de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del E.B.E.P así como el artículo 30 en relación con los artículos 21, 23, 24 y 37.1 y el articulo 38.10.
De igual forma desde esta Federación de Servicios Públicos de Madrid se han iniciado las acciones jurídicas en contra de los recortes salariales que van a sufrir los empleados públicos de esta Comunidad.

viernes, 4 de junio de 2010

Manifestación 8 de junio a las 18:30horas


Apoyando a la jornada de huelga, por la tarde iremos a la manifestación. ACUDE!!!!

sábado, 29 de mayo de 2010

Julio Lacuerda argumenta la huelga de funcionarios

No me puedo resistir a colgar el discurso de Julio Lacuerda, Secretario General de FSP-UGT, en la Asamblea de Delegados del 28 de junio, previa a la huelga de los Empleados Públicos por los recortes salariales, que merece la pena escuchar, y deja clarito quienes son los empleados públicos.

lunes, 3 de mayo de 2010

Arbitrariedad en el acceso a la Bolsa de trabajo de la Lavandería

La dirección de la Lavandería, junto a CC.OO y CSIF apañan un nuevo reglamento de acceso a la bolsa de celadores sin el acuerdo del resto de sindicatos y vulnerando el Reglamento General vigente.

UGT en la Lavandería Hospitalaria no está de acuerdo, con el documento --y por ello no lo firma-- de la Comisión de Seguimiento del Reglamento de acceso a la bolsa de empleo, por vulnerar el Acuerdo sobre Selección de Personal en Centros Sanitarios dependientes de la Consejería de Sanidad y Consumo de Madrid, firmado el 24 de abril de 2005.

La Dirección de la Lavandería junto a dos de los sindicatos con representación en el centro de trabajo, CC.OO. y CSIF, han firmado, el jueves 29 de abril, un nuevo acuerdo en el marco de la Comisión de Seguimiento de la Bolsa de Trabajo de Celadores del Centro, donde se vulneran las condiciones de acceso reguladas en el Acuerdo de referencia firmado el 24 de abril de 2005.

Mediante este nuevo acuerdo, las condiciones de acceso y expulsión de la bolsa y del puesto de trabajo quedan a merced de la discrecionalidad de los firmantes del acuerdo, quienes han organizado un sistema de evaluación del trabajador cada tres meses, para calificarlo de favorable o no favorable.

Los criterios de evaluación no han sido facilitados, y según la propia Dirección del Centro, en su momento se darán a conocer a los sindicatos firmantes de este acuerdo.

No es admisible, bajo ningún concepto, la firma de un documento donde no se conocen todos los contenidos y su alcance. Los criterios para expulsar a un trabajador de la bolsa y del puesto de trabajo tras la evaluación trimestral, quedan pues, al libre criterio de la Dirección y de los sindicatos firmantes, (CC.OO. y CSIF) y dejan en completa indefensión al trabajador. Algo oscuro tiene el documento, cuando la Dirección se ha negado a facilitarlo y hacerlo público.

Nuestra postura, como UGT, es que se mantenga el Acuerdo sobre Selección de Personal en Centros Sanitarios firmado en abril de 2005, ya que fue un buen acuerdo, claro, objetivo y refrendado con la firma de todos los sindicatos representados en la Mesa Sectorial de Sanidad. (UGT, CEMATSE, CC.OO. SAE, CSI-CSIF, CSIT-UP).

Según la Dirección de la Empresa, este reglamento es necesario para regular el absentismo laboral, que para ellos es toda baja por enfermedad, ya sea común o accidente laboral. Todo ello sin tener en cuenta que se trata de un Centro Especial de Empleo, donde la mayoría de sus trabajadores tienen alguna minusvalía, y donde se recoge el cupo del 10% para minusválidos, que por ley deben de tener las oposiciones. Sin ir más lejos, en la última convocatoria de empleo de sanidad en 2008, todos los minusválidos de la oposición entraron en la Lavandería.

No hay que olvidar, que la Lavandería Hospitalaria nació allá por los años 70 como un Centro Especial de Empleo, para incorporar a la vida laboral a los minusválidos y “disminuidos laborales” en condiciones de poder incorporarse a la actividad laboral.

Estas irregularidades, vienen a sumarse a las no renovaciones de contratos que la Dirección de la Lavandería llevó a efecto hace un mes, donde apelando a criterios de recorte presupuestario, el 10% la plantilla debía ir a la calle. En ese momento, no se renovó el contrato a 12 personas de la bolsa. Posteriormente, se llevó a cabo otro recorte, este sin basarse en ningún criterio, donde se castigó a 6 personas a no ser renovadas, por sus bajas por I.T


jueves, 18 de marzo de 2010

Se modifica el Código Tércnico de Edificación para evitar la discriminación por discapacidad

El Consejo de Ministros del pasado día 19 de febrero, aprobó un Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de Edificación. Hoy mismo se ha publicado en el BOE dicho Real Decreto, que supone regular, a nivel estatal, unas condiciones básicas de accesibilidad y de uso de edificios que eviten la discriminación de las personas con algún tipo de discapacidad a la hora de acceder y de utilizar instalaciones, edificios o locales, tanto públicos como privados.
Se trata de establecer un referente mínimo común de ámbito estatal que garantice la igualdad y la no discriminación de las personas que residen en las distintas Comunidades Autónomas. De este modo, las modificaciones que se incorporan al Código Técnico de Edificación se han elaborado según el mandato de la Ley de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de 2003.
Esta ley establecía en sus artículo décimo y en su disposición adicional novena que el Gobierno regularía unas condiciones básicas de accesibilidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Comunidades Autónomas y a las corporaciones locales.
También, ha sido publicada una Orden del Ministerio de Vivienda sobre este mismo asunto, de la que también os adjuntamos el enlace a la web del BOE.

Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.

Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

lunes, 15 de marzo de 2010

Cursos de Formación de la FSP UGT

Ya están colgados en la web de la Federación de Servicios Públicos de UGT Madrid, el catálogo de cursos que se pueden realizar, tanto para afiliados, como para empleados y desempleados.
Enlace directo a los cursos

Encuentro Organizativo FSP Madrid


Durante los días 9 y 10 de marzo del presente año, se han desarrollado unos encuentros organizativos de la FSP de Madrid, donde hemos participado miembros de la Ejecutiva de esta Comarca.
Cabe destacar la importancia que se le ha dado a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que para nosotros como sindicato, debemos cuidar al máximo su aplicación, ya que son muchos los datos personales que como organización manejamos.
Asimismo, todas las Secciones SIndicales deben obrar con el máximo cuidado y respeto a la ley, y ante la duda, ponerse en contacto con nuestra Federación que le explicará los pasos a seguir.
En esta Comarca, asumimos el compromiso de organizar charlas y jornadas con el objeto de difundir la LOPD y como cumplirla de manera escrupulosa.

viernes, 12 de marzo de 2010

La Comarca Este forma a sus delegados y afiliados en la tarea sindical


El Sindicato Comarcal Este ha celebrado dos ediciones de un curso para nuevas delegadas y delegados de nuestra comarca durante los días 3 y 9 de marzo, que bajo el título "Conocimientos básicos de los representantes de los trabajadores", ha sido acogido con un gran éxito de participación con más de 50 alumnos y alumnas. Y son tantas las solicitudes que en breve haremos una tercera edición del curso.
La Comisión Ejecutiva ha venido detectando la necesidad de incrementar la formación de nuestros representantes y afiliados, sobre todo en residencias privadas, en ayuntamientos medianos y pequeños, y es por ello que se pensó en esta acción formativa.
Para ello, hemos contado con la inestimable ayuda de la Federación de Servicios Públicos de Madrid, en concreto con Felix Garrido, profesor del equipo de Formación de Sindical FSP UGT Madrid, quien se encargó de elaborar las presentaciones Power Point, la selección del material didáctico y audiovisual. Su contribución y especial dedicación a los cursos ha redundado en felicitaciones por parte de todos.
Nuestro Sindicato Comarcal ha puesto las instalaciones y los medios informáticos para la impartición del curso en la sede de Torrejón 2.000.

Estos encuentros de delegados y miembros de comité, son un gran instrumento para fomentar las buenas relaciones entre compañeros, conocernos y compartir las experiencias de todos en sus centros, además de implementar la comunicación entre nosotros. Tener conciencia de que nuestra organización está presente y se puede contar con ella, de que somos muchos y tenemos medios, nos aporta un gran confianza y ayuda en el desarrollo de nuestro el trabajo sindical diario en el puesto de trabajo. Sentirnos respaldados nos aporta un ánimo en la lucha sindical, que es trasmitido a las secciones y al conjunto de los trabajadores.
Desde la Comisión Ejecutiva queremos dar las gracias a todos por vuestra asistencia y contribuir activamente a la formación en nuestro sindicato, porque dejar otras ocupaciones para asistir a los cursos también es colaborar.

domingo, 7 de marzo de 2010

Breve historia de la lucha por los derechos de la mujer y el 8 de Marzo

El 8 de marzo, día de la mujer trabajadora, sigue siendo interpretado de forma errónea por muchas personas, y no solo hombres. Entre las mujeres también hay un gran número de detractoras.
Pero esto sucede, por el gran desconocimiento de lo que supone este día y cual es la historia que acompaña a la creación del Día Internacional de la Mujer Trabajadora"

Si hacemos un recorrido por la historia, la falta de libertad, la negación de la igualdad de oportunidades, la exclusión de la vida política, la falta de acceso a la educación, la exposición a la violencia social y familiar, etc... son constantes que gravitan sobre las mujeres. Y en la mayoría de los casos, se han ejercido bajo la cobertura de las leyes vigentes y casi siempre, justificadas por las "costumbres sociales"
Durante siglos, el papel subordinado de la mujer no se ha puesto en duda. Lo que ahora valoramos como atentados contra los derechos de las mujeres, no lo eran, ya que dificilmente se puede vulnerar un derecho de alguien que, precisamente por ser mujer, "no tenía derechos".

Muchos afirmareis que existieron sociedades matriarcales donde el protagonismo de la mujer habría sido mayor al del hombre, pero esto no se ha podido demostrar. Lo que si han existido son sociedades matrilineales, en las que la descendencia se establece a partir de la linea materna y no paterna. Pero incluso en estos casos, ha coexistido con un modelo patriarcal, donde los hombres han retenido las más importantes y determinantes esferas de poder.
Siguiendo un repaso por la historia, las mayores o menores libertades y derechos de los que gozaban las mujeres en las distintas civilizaciones de la antigüedad, siempre estaban supeditadas a la autoridad del hombre, ya fuera el marido, el padre o incluso el hermano.
En la Grecia Clásica, aparece como excepción el caso de Hiparquía (340-300aC), una de las primeras mujeres filósofas que perteneció a la escuela cínica. Ya entonces tuvo que aguantar preguntas como la de Teodoro el Ateo, sobre por que no se dedicaba a las tareas propias de su sexo, a hilar y a tejer. A lo que ella respondió que le parecía una pérdida de tiempo ya que prefería dedicar su vida al estudio.

Siglos más tarde, otro caso excepcional es el de Hipatia de Alejandría (370-415 aC), hija de Teón de Alejandría, astrónomo y matemático, que le transmitió sus conocimientos. Ella llegó a ser directora de la escuela platónica de Alejandría hacia el 400 d. C. Allí impartía clases de matemáticas y filosofía, enseñado en particular, la filosofía neoplatónica. Todos los comentaristas de la época la describen como una maestra carismática. Acusada de hechicera y de bruja pagana fue asesinada por cristianos que se sentían amenazados por su erudición, sabiduría y la profundidad de sus conocimientos científicos.
Umberto Ecco afirma que "no es que no hayan existido mujeres filósofas, es que lo filósofos han preferido olvidarlas"
Si viajamos ahora a la Antigua Roma, estas estaban sometidas por completo al pater familias y por la Ley de las Doce Tablas (450 aC) que durante siglos reconocía al pater familias el poder de la vida y de la muerte sobre sus hijos, esposa y sus esclavos ( "vitae necisque potestas").
El primer momento histórico en que las mujeres se organizan contra el poder masculino dominante fue en el año 195 aC en oposición a la Ley Oppia promulgada en el 215aC con el objetivo de limitar el lujo en el aspecto de las mujeres (en la medida que se alejara de la imagen de la "matrona" ideal sometida al pater familias). Y consiguieron su objetivo. La Ley fue derogada, y fue objeto de debates en el Senado, donde estos manifestaron su repulsa e incomodidad a su derogación, que veían como una pérdida de autoridad y el camino hacia el gobierno de las mujeres.
Este hecho llevó a conseguir otras medidas de mayor calado, como el derecho a la administración de la propia dote o el derecho a divorciarse.

Siguiendo la cronología de la historia, llegamos a la difusión del cristianismo y del Islam, que vinieron a generar una situación contradictoria entre el protagonismo de la mujer y el respeto a sus derechos. Ambas religiones proclamaron la igualdad de todos los seres humanos, otorgarán a las mujeres una dignidad hasta entonces negada o puesta en duda, pero por otro lado, en tanto que religiones patriarcales y prisioneras de prejuicios ancestrales, fomentarán también el papel subordinado de la mujer dentro del conjunto de la sociedad, y, de forma especial, dentro de la familia. Así pues, a lo largo de los siglos, se hizo una lectura de la Biblia y del Corán que justificará la subordinación de la mujer al varón, siendo minoritarias y marginales las lecturas liberadoras y progresistas.

Tras la caída de Roma, los nuevos reinos de tipo feudal, el derecho vuelve a las formas más arcaicas y la escasa libertad de la mujer se ve de nuevo restringida. Aunque siglos más tarde, el declive del feudalismo y el nacimiento de la burguesía (y de los estados centralizados) tampoco propiciará una mejora sensible de la condición de la mujer.

No será hasta finales del S. XVIII cuando empezará un movimiento de protesta que, tras plasmarse en el incipiente feminismo y en el sufragismo del S.XIX ya no dejará de avanzar, planteando progresivamente nuevas reivindicaciones.


Al proclamarse en Francia en 1789 la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, ésta no contemplaba como sujetos de derecho a las mujeres, ya que con la palabra "hombre" no se refería a la humanidad, sino solo a los varones. Esta discriminación motivó la actitud de protesta de Olimpia de Gouges (1748-1793) que publicó en 1791 "La Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana". Esto y sus constantes críticas contra la represión jacobina, le valío la acusacion de reaccionaria y murió en la guillotina dos años más tarde.
Después, Napoleón marcó su doctrina legal y códigos en los que dejó fuera a la mujer que dejó de ser ciudadana.
En 1792, la escritora inglesa Mary Wollstonecraft (1759-1797)publicó la "Vindicación de los Derechos de la Mujer", donde argumentaba que las mujeres no son por naturaleza inferiores al hombre, sino que tan solo puede parecerlo debido a que no han tenido acceso a la educación apropiada.
"Fortalezcamos la mente femenina ensanchándola y será el final de la obediencia ciega; pero como el poder busca la obediencia ciega, los tiranos y los sensualistas están en lo cierto cuando tratan de mantener a la mujer en la oscuridad, porque el primero solo quiere esclavos y el último un juguete""

A mediados del siglo XIX en Estados Unidos e Inglaterra empieza a cobrar fuerza el feminismo. Uno de los hitos de este nuevo movimiento es la Declaración de Séneca Falls (1848) en la que se resumían las conclusiones de la Convención sobre los Derechos de la Mujer celebrada en aquella localidad. El documento, inspirado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, denunciaba las restricciones, sobre todo civiles, a las que estaban sometidas las mujeres, basándose en la igualdad, y reclamando los mismos derechos que los hombres. Según las declarantes, las quejas comenzaron por el rechazo a las mujeres del derecho inalienable a elegir y ser elegidas, es decir, por el veto a sus derechos políticos. Se sentían deshabilitadas como personas, al haber sido dadas a los hombres como una propiedad más. La educación, mantenían, era la base de todo el problema, y el modo de vida reservado a las mujeres jamás permitía una mínima emancipación, pues pasaba de ser propiedad del padre a serlo del marido. Dentro de estas reivindicaciones, la última que votaron fue el derecho al voto, que no les parecía tan importante en ese momento como conseguir todos los demás derechos civiles. (En Estados Unidos no consiguieron el derecho al voto hasta 1920)

En 1869, John Stuart Mill publicó en Inglaterra "El sometimiento de la mujer". Tres años antes había presentado al Parlamento Inglés una demanda a favor del voto femenino que, al ser rechazada, provocó que en 1867 naciera el primer grupo sufragista británico: la "Asociación Nacional para el Sufragio de la Mujer"
Hasta el siglo XIX la defensa de los derechos de las mujeres no había sido nunca una tarea prioritaria, una tendencia que contaminó al naciente socialismo que priorizó la reivindicación de la igualdad de clases antes que la igualdad entre hombres y mujeres.

Fue durante la revolución industrial, a finales del siglo XIX y principios del XX, con la incorporación de las mujeres y los niños al trabajo de las fábricas en condiciones laborales muy precarias y con sueldos de vergüenza, las condiciones laborales de las mujeres van adquiriendo protagonismo de manera paulatina dentro de las reivindicaciones de los movimientos proletarios.
En 1910, durante la reunión en Copenhague de la Internacional Socialista, se proclamó el Día de la Mujer como homenaje al movimiento en favor de los derechos de la mujer y para ayudar a conseguir el sufragio femenino universal. Al año siguiente se celebró el primer Día de la Mujer Trabajadora el 19 de marzo. Posteriormente se ha estado celebrando en fechas distintas hasta la adopción definitiva del 8 de marzo.
El 25 de marzo de 1911, pocos días después de la celebración del primer Día de la Mujer Trabajadora, tuvo lugar el conocido incendio de la fábrica Triangle de Nueva York, donde murieron más de 140 jóvenes italianas y judías. Este hecho tuvo una gran repercusión en la legislación laboral de los Estados Unidos y en las celebraciones posteriores del Día de la Mujer se hizo referencia a las condiciones laborales que condujeron al desastre.

Es en 1952, tras la II Guerra Mundial y con el inicio de las actividades de las Naciones Unidas, cuando se aprobó la "Convención sobre los derechos políticos de la mujer".
Posteriormente, las Naciones Unidas han ido aprobando otros documentos relativos a los derechos de las mujeres:
A pesar de tanta declaración y convencion, esto no es sinónimo de un respeto efectivo de los derechos y libertades que proclaman, y su cumplimiento a día de hoy es muy desigual de unos países a otros. Pero como mínimo, ahora hay un marco teórico internacional que nos ampara y una hoja de ruta que señala el tipo de sociedad que se anhela: una sociedad en la que las mujeres no sean discriminadas ni agredidas.

jueves, 4 de marzo de 2010

UGT en la prisión militar


Ayer, día 3 de marzo, miembros de la Ejecutiva Comarcal de la FSP UGT Este y de la Ejecutiva Regional, acudieron a la Prisión Militar para visitar a los miembros de la Sección Sindical del centro.
En un encuentro distendido y agradable, se pusieron sobre la mesa los diferentes circunstancias que surgen día a día con las peculiaridades de su puesto de trabajo, así como el compromiso de ayudarles en el trabajo diario de su acción sindical.
También fuimos recibidos por la dirección del centro penitenciario, que manifestó su disposición para el desarrollo y la mejora de todas aquellas situaciones y peculiaridades de los puestos de trabajo y la vida diaria del personal del centro.

domingo, 21 de febrero de 2010

En defensa de las Pensiones, MANIFESTACIÓN


El próximo día 23 de febrero, manifestación en defensa de las pensiones, convocada por UGT y CC.OO.
Te esperamos a las 19:00 horas
De Neputo a Sol

viernes, 19 de febrero de 2010

PLAZAS VACÍAS EN LA RESIDENCIA PÚBLICA DE MAYORES FRANCISCO DE VITORIA

La Residencia Pública Francisco de Vitoria (Alcalá de Henares) cuenta con 557 plazas, de las cuales 215 permanecen desocupadas desde el año 2008. No se producen nuevos ingresos, a pesar de los más de 19.000 ancianos en lista de espera.

No solo no se producen nuevos ingresos, sino que como consecuencia de ello no se cubren las bajas, ni las vacantes para finalmente amortizar puestos de trabajo.

UGT denuncia la gestión llevada a cabo por el Servicio Regional de Bienestar Social de la Comunidad de Madrid, que con esta estrategia de amortización de puestos de trabajo y no cobertura de plazas residenciales se obliga al ciudadano a acudir a las Residencias privadas y provoca el deterioro de este servicio público.

Esta es la nota de prensa hecha pública por la Sección Sindical de UGT en dicha residencia propiedad de la Comunidad de Madrid

martes, 16 de febrero de 2010

Aprobado en Pleno el Convenio de Anchuelo

Ayer, día 15 de febrero, el Ayuntamiento de Anchuelo llevó a Pleno Extraordinario la aprobación del I Convenio Colectivo de los trabajadores municipales de Anchuelo.
Fué un Plenio breve, en el que ambas fuerzas políticas reconocieron la necesidad de un marco regulador de las relaciones laborales de la Plantilla, que hasta la fecha, ha estado expuesta a discreccionalidad del gobernante de turno.
El Convenio fue aprobado por UNANIMIDAD de todas las fuerzas políticas con representación en el Pleno (PP y PSOE). Y desde UGT les queremos hacer llegar nuestras felicitaciones por la puesta en marcha del que es el primer convenio colectivo de los trabajadores de Anchuelo.

viernes, 12 de febrero de 2010

Al final, CASESA Torrejón no va a la huelga

El pasado día 8 de febrero, estaba previsto el inicio de una huelga de los trabajadores de Castellana de Servicios (CASESA), --empresa encargada de la recogida de RSU en Torrejón— para protestar por el despido improcedente de un trabajador.
Este despido ha sido la gota que ha colmado el vaso entre la plantilla de trabajadores de CASESA, hartos de aguantar el maltrato verbal y las constantes humillaciones a las que son sometidos por parte de un superior.
El trabajador despedido, respondió de malos modos a una provocación del superior. Para el resto de la plantilla, este hecho se veía venir, ya que el trato del superior era constantemente humillante y vejatorio para hombres y sobre todo mujeres. La respuesta de la plantilla ha sido unánime, y más de 30 trabajadores y trabajadoras han firmado una hoja denunciando el trato al que han sido sometidos. Asimismo, toda la plantilla junto al Comité de Empresa se han hecho una piña y decidieron convocar una huelga para exigir la readmisión del compañero, y la apertura de un expediente informativo al superior con motivo de sus reiteradas faltas.
Finalmente, la huelga se desconvocó el pasado día…. tras una negociación con la directiva de la empresa, que aceptaban las peticiones de los trabajadores. La readmisión del trabajador despedido no se ha llevado a efecto por decisión del propio trabajador, que a cambio ha conseguido una mayor indemnización. Además, la empresa se ha comprometido a llevar a cabo una investigación de sus actuaciones y llegar hasta el final.

LaComunuidad de Madrid regula los datos personales en los justificantes médicos

La Comunidad de Madrid ha regulado los datos personales que deben contener los justificantes médicos


En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (21 de enero de 2010) se publicó la INSTRUCCIÓN 2/2009, de 21 de diciembre, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos.

En esta Instrucción se regula :
• El contenido de los justificantes (Art. 3)
• El tratamiento de los justificantes por los departamentos de personal (Art. 4)

Hay que señalar, que desde este momento, no pueden aparecer referencias ni a las pruebas diagnósticas, médicas, etc, y no se podrán utilizar documentos clínicos o administrativos diseñados para su uso con otras finalidades distintas de la emisión de justificantes, ya que el justificante no debe contener referencias directas o indirectas al concreto problema de salud del paciente o usuario.
Además del justificante para el propio trabajador enfermo, esta Instrucción regula el justificante relativo al trabajador que tiene derecho a un permiso retribuido motivado por la operación o enfermedad de un pariente o de una persona con la que existe una relación de hecho. En función de la gravedad de la misma, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de determinados días de permiso retribuidos, requiriendo para la acreditación de tal situación la presentación de un justificante.
En este supuesto es donde más confusión podemos tener, ya que no deben aparecer los datos del pariente enfermo que da derecho a la licencia, y además hay que contar con una autorización del mismo.

miércoles, 3 de febrero de 2010

Los funcionarios interinos tienen derecho a trienios desde antes del EBEP

Los funcionarios interinos que todavía no tengan reconocidos los trienios, ya pueden reclamarlos, en base a la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Mérida, dictada el 11 de enero de 2010, que viene a reconocer el derecho a la percepción económica de los trienios que son anteriores al Estatuto Básico, ya que con posterioridad a ésta Norma los trienios vencidos tienen los mismos efectos económicos, por imperativo del artículo 25.2, para el funcionario interino que para el funcionario de carrera.

Han sido los Servicios Jurídicos de la Federación de Servicios Públicos de UGT en Mérida quienes han obtenido este pronunciamiento favorable, que sienta precedente y beneficiará a numerosos empleados públicos.
La noticia aparece publicada en la web federal de UGT, y reproducimos a continuación:

Los Servicios Jurídicos de FSP-UGT ganan una sentencia que marca un precedente muy importante para los Funcionarios Interinos

El funcionario interino tiene derecho a la percepción económica de los trienios generados con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público.El Juzgado Nº 2 de lo Contencioso-Administrativo de Mérida reconoce el derecho a la percepción económica de los trienios generados con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público (mayo de 2007) a una funcionaria interina de la Junta de Extremadura.

Este derecho, se reconoce tras un juicio que sienta un precedente muy importante para los funcionarios interinos, habiendo sido defendido por la Asesoría Jurídica de FSP-UGT Extremadura en Mérida, obteniéndose un pronunciamiento favorable de la Jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Mérida, que estimando la demanda planteada en Sentencia, que es firme, dictada el 11 de enero de 2010, viene a reconocer el derecho a la percepción económica de los trienios que son anteriores al Estatuto Básico, ya que con posterioridad a ésta Norma los trienios vencidos tienen los mismos efectos económicos, por imperativo del artículo 25.2, para el funcionario interino que para el funcionario de carrera.

Los funcionarios que quieran realizar la reclamación de la aplicación de esta Sentencia deben tener en cuenta que debe hacerlo en el plazo de un año y que las acciones de reclamación ante la administración prescriben a los cuatro años, por lo que el período no prescrito serían los cuatro años anteriores a la solicitud, o sea, si la petición se presentase este mes podrían reclamarse las cantidades generadas por trienios desde febrero de 2006.

LA SUPRESION DE LA DEDUCCION DE LOS 400 EUROS

NOMINA DE ENERO 2010
LA SUPRESION DE LA DEDUCCION DE LOS 400 EUROS

Es muy probable que prácticamente la totalidad de los empleados públicos de los Ayuntamientos observen una reducción en la cantidad liquida percibida en la nomina de Enero de 2010, en relación a la cuantía liquida de las nominas del año anterior. Ante esta situación, que resulta novedosa, queremos dar las siguientes explicaciones:
1.- Hay que hacer una comparación entre la retribución Bruta percibida en Enero de 2010 y la retribución Bruta percibida en las nominas de 2009. Esta retribución ha de haber subido en el conjunto de los conceptos básicos y complementarios el 0,3 % tal y como establece la Ley de Presupuestos para 2010 (Ley 26/2009 de 23 de diciembre).
Podría esta nomina de Enero tener, en algunos casos, una subida Bruta superior a este 0,3%, derivada de la coincidencia en este mes de Enero de la contabilización de otros conceptos, como pudiera ser la retribución de un nuevo trienio, una promoción o reclasificación, etc.
Dejamos al margen, lógicamente, la coincidencia en enero de cualquier otro abono relativo a ayudas sociales u otros conceptos que se sitúan fuera de esta reflexión.

La Supresión de los 400 Euros del IRPF

2.- La clave fundamental esta en las retenciones por IRPF que se producen en esta monina en relación a las del año anterior.

El Real Decreto-ley 2/2008 de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, estableció la deducción de la cuota liquida del IRPF en 400 Euros anuales. Esto tuvo su repercusión en nuestras nominas, al reducirse las retenciones, provocando el aumento de la cuantía liquida percibida. Esta deducción supuso que los contribuyentes del IRPF se ahorraran, en conjunto, 6000 millones de Euros en el conjunto del Estado.
3.- Esta deducción ha desaparecido, produciéndose, como es lógico, un aumento de las retenciones que, unido a que el incremento de las retribuciones brutas es tan solo del 0,3%, supone una disminución de las percepciones liquidas.

La deducción se mantiene para niveles de renta menores a los 8000 Euros anuales y tiene carácter progresivo para las comprendidas entre esta cantidad y 12.000 Euros. Los empleados públicos dependientes de los Ayuntamientos y sus Organismos Autónomos se verán afectados, prácticamente en su totalidad por esta supresión de la deducción.

Documento elaborado por FSP UGT Madrid, Sector Local