viernes, 16 de mayo de 2014

LOS "CANOSOS", UN DERECHO ADQUIRIDO

La Federación de Servicios Públicos de Madrid reclama judicialmente “los canosos” de los empleados públicos madrileños

Desde esta Organización Sindical, entendemos que el RD Ley 20/2012 por el cual se eliminó este derecho, no puede aplicarse con carácter retroactivo, eliminando los derechos que los empleados públicos han generado a lo largo de su vida laboral.

Por lo tanto, una cuestión es la eliminación de incrementar estos días adicionales a partir de la entrada en vigor del RD Ley 20/2012 al cumplir un nuevo trienio, y otro asunto son los días ya generados con anterioridad al Real Decreto Ley.

Al igual que ya se está reconociendo, al menos judicialmente, el derecho al cobro de la parte devengada de la paga extra del 2012, una situación idéntica serian estos días adicionales por antigüedad, no pudiéndose aplicar la retroactividad en este tema, tal y como se reconoce en las diferentes sentencias sobre paga extra y en base al artículo 9.3 de la Constitución Española.

Art. 9.3 CE:
“La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”

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