UN TIRÓN DE OREJAS A LA ADMINISTRACIÓN POR DISCRIMINAR A UNA FUNCIONARIA EMBARAZADA
El Tribunal Constitucional(TC) ha concedido el amparo a una funcionaria de la Comunidad de Madrid que tuvo que posponer un curso obligatorio para tomar posesión de su plaza, obtenida mediante oposición, por estar de parto.
Cuando se incorporó al puesto, en el cuerpo de gestión procesal y administrativa al servicio de la Administración de Justicia, la empleada solicitó que se le reconociera con carácter retroactivo la misma antigüedad que a sus compañeros de promoción, pero su solicitud le fue denegada por la Comunidad de Madrid.
Esta decisión fue confirmada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El Tribunal Constitucional ha determinado ahora que se vulneró el derecho de la funcionaria a no sufrir discriminación por razón de sexo "al no haber tenido en cuenta que la condición biológica y la salud de la mujer trabajadora ha de ser compatible con la conservación de los derechos profesionales, sin que la maternidad pueda producir ninguna desventaja".
Según la sentencia, el perjuicio causado por la maternidad "terminó materializando en el no reconocimiento de los derechos económicos y administrativos de la demandante de amparo con carácter retroactivo para equiparlos a aquellos obtenidos por sus compañeros de promoción, lo que constituyó una "discriminación por razón de sexo".
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