Nuevo batacazo para Gallardón y su ley: el Supremo exime a los trabajadores de abonar las tasas en los recursos que se presentan ante los Juzgados de lo Social.
El ministro de Justicia se ha llevado un nuevo batacazo con su Ley de Tasas. Si en fechas recientes había sido recurrida ante el Tribunal Constitucional por considerarla abusiva e injusta por el PSOE y la Plataforma Justicia para Todos, ahora es la Sala IV del Supremo quien propina un disgusto a Ruiz Gallardón al dictaminar que las tasas no son de aplicación para trabajadores en general, sindicatos y funcionarios cuando recurren ante los juzgados de lo social.
El pleno no jurisdiccional de la Sala IV del Tribunal Supremo ha decidido que los trabajadores, los beneficiarios de la Seguridad Social, los sindicatos cuando representen los intereses de los trabajadores, los funcionarios y el personal estatutario si actúan en el ámbito de competencias del orden social estarán exentos de pagar las tasas en los recursos.
El Supremo dice que no hay que pagar
Esta resolución supone todo lo contrario de lo que dice la Ley de tasas de noviembre del 2012. Según esta ley los trabajadores deben abonar en los recursos un 40 por ciento fijo de tasas y un 40 por ciento variable en función de la cuantía del pleito. Ahora, ese abono ya no será necesario por esta resolución del Supremo.
Justicia gratuita para los trabajadores
El acuerdo de la Sala se debe a la consideración de que cuando en febrero de 2013 se produjo una nueva modificación de la Ley de Tasas, se modificó también la Ley de asistencia jurídica gratuita pero este cambio no tocó las disposiciones relativas al beneficio de justicia gratuita de los trabajadores que la tienen por mandato legal.
Nuevo batacazo para Gallardón
La Ley de justicia gratuita se estaba estudiando en el Parlamento. Esta decisión del Supremo se entiende en diferentes ámbitos como “un nuevo batacazo para el ministro Ruiz Gallardón y su ley de tasas”. Durante este tiempo se ha dado la situación de que algunos juzgados no han admitido los recursos si no se abonaba la tasa. En esa situación el trabajador presentaba un recurso de queja. Todos esos recursos de queja presentados por el abono de las tasas, tendrán que ser ahora admitidos.
Hacienda…a devolver
Hasta la fecha se han emitido en esta línea dos autos en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considerando que no había que pagar estas tasas. Estos autos han sido asumidos por el Tribunal Supremo en esta resolución. También el TSJ de Canarias tomó un acuerdo en el mismo sentido. En cambio, en Granada los jueces dictaminaron en sentido contrario. Ahora queda por ver qué ocurrirá con quienes han pagado las tasas que tendrán derecho a su devolución. Habrá que saber cómo deben reclamar a Hacienda estas tasas indebidamente abonadas. Fuente: El plural.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario